Bonificación del IBI y del ICIO por placas solares en 2026
La Ley de Haciendas Locales permite a cada ayuntamiento bonificar hasta el 50 % del IBI a las viviendas con placas solares y hasta el 95 % del ICIO, el impuesto de la obra. No es automático: depende de la ordenanza de tu municipio. Según el estudio de 2026 de la Fundación Renovables, el 66 % de los municipios de más de 10.000 habitantes bonifica el IBI.

Datos clave
- 50%
- bonificación máxima del IBI que permite la ley
- 95%
- bonificación máxima del ICIO
- 66%
- de los municipios de más de 10.000 habitantes bonifica el IBI (Fundación Renovables, 2026)
En resumen
- IBI: bonificación de hasta el 50 % de la cuota durante los años que fije la ordenanza (artículo 74.5 de la Ley de Haciendas Locales).
- ICIO: bonificación de hasta el 95 % del impuesto que se paga al hacer la obra (artículo 103.2).
- El 66 % de los municipios de más de 10.000 habitantes bonifica el IBI por autoconsumo y el 61 %, el ICIO (Fundación Renovables, estudio de 2026).
- Hay que pedirlas: el ICIO al tramitar la obra y el IBI con la instalación terminada y legalizada.
Índice del artículo
Además de la deducción del IRPF, instalar placas solares puede abaratar dos impuestos municipales: el IBI, que pagas cada año por tu vivienda, y el ICIO, que se paga una vez por la obra. La ley permite bonificarlos, pero cada ayuntamiento decide si lo hace, cuánto y con qué condiciones.
¿Qué bonificaciones permite la ley?
| Impuesto | Qué es | Bonificación máxima | Dónde lo dice |
|---|---|---|---|
| IBI | Impuesto sobre Bienes Inmuebles: el recibo anual de tu vivienda | Hasta el 50 % de la cuota | Artículo 74.5 de la Ley de Haciendas Locales |
| ICIO | Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: se paga al hacer la obra | Hasta el 95 % | Artículo 103.2 |
En los dos casos la ley habla de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, así que incluye las placas fotovoltaicas de autoconsumo.
¿Cuántos municipios aplican estas bonificaciones?
La Fundación Renovables, con la colaboración de UNEF, revisa cada año las ordenanzas de los municipios de más de 10.000 habitantes. En su estudio de 2026 sobre incentivos fiscales al autoconsumo, que analiza 783 municipios:
- El 66 % bonifica el IBI por instalar autoconsumo.
- El 61 % bonifica el ICIO.
- De los que bonifican el IBI, el 66 % pone condiciones asumibles para la mayoría de las viviendas; el resto exige requisitos más restrictivos, como una potencia mínima o limitarlo a ciertos usos.
Es decir, es probable que tu ayuntamiento tenga alguna bonificación, pero no es seguro: compruébalo en su ordenanza.
¿Cómo sé si mi ayuntamiento la tiene?
- Busca tu municipio en la herramienta de bonificaciones de la Fundación Renovables (fundacionrenovables.org).
- Confírmalo en la ordenanza fiscal vigente del IBI y del ICIO, en la sede electrónica de tu ayuntamiento o en el boletín oficial de tu provincia.
- Fíjate en el porcentaje, los años que dura, los topes (en euros o sobre lo invertido) y los requisitos: potencia mínima, que la instalación no sea obligatoria por normativa, que esté legalizada…
Si no lo encuentras, pregunta en la oficina de atención al ciudadano o en el departamento de tributos.
¿Cómo se pide cada una?
- ICIO: se suele solicitar al presentar la licencia o la comunicación previa de la obra, junto con el presupuesto de la instalación. Si no la pides en ese momento, puede que ya no te la apliquen.
- IBI: se solicita con la instalación terminada y legalizada, normalmente con la factura, el certificado de la instalación y el registro de autoconsumo. Se aplica en los recibos de los años siguientes.
Revisa los plazos: algunas ordenanzas exigen pedir la bonificación del IBI dentro de un periodo concreto desde que termina la instalación.
¿Cuánto se puede ahorrar?
- ICIO: el tipo del impuesto lo fija cada ayuntamiento, hasta un máximo del 4 % del coste de la obra (artículo 102.3 de la Ley de Haciendas Locales). Con una bonificación del 95 %, casi no pagas este impuesto.
- IBI: hasta la mitad del recibo durante los años que fije la ordenanza.
Ejemplo (supuesto ilustrativo): con un recibo de 500 € y un 50 % de bonificación durante 3 años, ahorrarías 750 €.
Ese ahorro se suma al de la factura de la luz y acorta el tiempo para recuperar la inversión. Mira el cálculo completo en cuánto cuesta instalar placas solares.
Errores habituales
- No pedir el ICIO al tramitar la obra. Luego ya no se puede aplicar.
- Dejar pasar el plazo de la bonificación del IBI.
- Dar por hecho que tu municipio la tiene porque la tiene el de al lado.
- No legalizar la instalación: sin certificado ni registro no hay bonificación. Lee cómo legalizar las placas.
Para ver todas las ayudas juntas, consulta la guía de ayudas para placas solares.
Actualizado en octubre de 2026. Información orientativa; no constituye asesoramiento fiscal ni legal.
Contenido informativo, no asesoramiento fiscal. Consulta tu caso con un asesor y revisa la normativa vigente en el BOE y la Agencia Tributaria.
Fuentes
Preguntas frecuentes
¿Todos los ayuntamientos bonifican el IBI por placas solares?
No. La ley lo permite, pero cada ayuntamiento decide. Según el estudio de 2026 de la Fundación Renovables sobre 783 municipios de más de 10.000 habitantes, el 66 % bonifica el IBI y el 61 %, el ICIO.
¿Cuánto se ahorra con la bonificación del IBI?
Depende de tu recibo y de la ordenanza: hasta la mitad de la cuota del IBI durante los años que fije tu ayuntamiento. Algunos municipios ponen un tope en euros o lo limitan a un porcentaje de lo invertido.
¿Dónde consulto la ordenanza de mi municipio?
En la sede electrónica de tu ayuntamiento, en el apartado de ordenanzas fiscales, o en el buscador de bonificaciones de la Fundación Renovables. Busca la ordenanza del IBI y la del ICIO.
¿La bonificación del IBI se aplica sola?
Normalmente no: hay que solicitarla con la instalación terminada, aportando la documentación que pida la ordenanza (factura, certificado de la instalación, registro de autoconsumo…), y a menudo dentro de un plazo.
¿Se puede tener la bonificación del IBI y la deducción del IRPF a la vez?
Sí. Son ayudas distintas: una la concede tu ayuntamiento sobre un impuesto municipal y la otra es una deducción del IRPF estatal.
¿La bonificación del IBI se desgrava en la Renta?
No: la bonificación del IBI la aplica tu ayuntamiento en el recibo, no en la declaración. En la Renta lo que existen son las deducciones del IRPF por placas solares, que son distintas y compatibles con la bonificación.


